Bajos y Locales deben pagar el ascensor

Bajos y Locales deben pagar el ascensor

También los Bajos y Locales deben pagar el nuevo ascensor.

 

Se trata de sufragar los gastos de instalación de ascensores, en virtud de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 18 de diciembre/08. Esta sentencia sienta jurisprudencia al respecto del contencioso mantenido respecto a este extremo por una comunidad de propietarios de Ermua.

 

Hasta ahora era habitual que los propietarios de bajos, primeros y locales, se negaban a pagar este tipo de obras aún existiendo una mayoría favorable de 3/5, dado que la LPH permite no hacer frente a los pagos de las mejoras si estos exceden el importe de tres mensualidades comunitarias.

 

 Esta sentencia del Supremo constituye doctrina jurisprudencial respecto a la obligación que tienen todos los copropietarios, incluidos bajos y locales, de pagar la instalación de ascensor. La realidad es que el nuevo elemento revaloriza la finca, beneficiando por ello a todos los copropietarios. Y si beneficia a todos, todos deben pagar.

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