Conciliación hasta antes del juicio

Conciliación hasta antes del juicio

Le trasladamos una exposición breve pero interesante al respecto de la posibilidad de reconocer, por parte del empresario, la improcedencia del despido hasta el momento antes de entrar en el juicio. 

Hasta el reconocimiento por parte del Tribunal Supremo de esta opción, el empresario podía reconocer la improcedencia del despido en el acto de conciliación en el CMAC. Si no se llegaba a un acuerdo en dicho acto debía esperarse a la demanda y a la celebración del juicio. 

Con la opción actual, aunque no se llegará a un acuerdo en el CMAC podríamos esperar hasta último momento un posible acuerdo, incluso justo antes de la celebración del juicio. El ahorro consistiría en poder evitar unos salarios de tramitación que irían devengándose hasta tanto se produjera la resolución judicial. Podría consignarse así, la indemnización de modo judicial y pagar sólo los salarios de tramitación devengados hasta la fecha de reconocimiento del despido. 

 

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