Extinción del contrato a voluntad del trabajador en el período de prueba

Extinción del contrato a voluntad del trabajador en el período de prueba

El período de prueba es una institución que permite a cualquiera de las partes que intervienen en el contrato de trabajo rescindir unilateralmente el mismo, por si sola y exclusiva voluntad, sin necesidad de cumplir ninguna exigencia especial al respecto, bastando con el que el período de prueba este todavía vigente y que el empresario o el empleado extinga la relación laboral, sin que sea preciso para ello llevar a cabo ninguna clase especial de comunicación, ni especificar la causa que ha determinado tal decisión finalizadora, pues su motivación es meramente subjetiva de quién la adoptó, salvo que la decisión este motivada por razón discriminatoria que viole el art. 14 C.E o vulnere cualquier otro derecho fundamental.

No impide la eficacia del pacto de no competencia post contractual. El pacto de no competencia para después de extinguido el contrato de trabajo, requiere la concurrencia de dos requisitos, por un lado, que se justifique un interés comercial o industrial por el empresario, por otro lado que se establezca una compensación económica.

Rositsa Kostadinova

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