El responsable de un fichero de información sobre impagados
deberá comunicar al afectado la inclusión del dato de morosidad en el
plazo de los treinte días siguientes a dicha inclusión. El afectado
tiene derecho a acceder a sus datos en el fichero sobre
solvencia directamente. El afectado tiene derecho también a acceder a
la información disponible sobre su persona a través de los bancos y de
las financieras con las que mantenga o pretenda iniciar una relación
crediticia, y tengan acceso a la información contenida en estos
ficheros, así como finalmente tendrá acceso a través del propio
acreedor informante del dato.