Artículo 3 LOPD. Responsable del fichero es toda persona física o jurídica de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo que decide sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento".
La persona jurídica que va a decidir sobre la finalidad, contenido y
uso del tratamiento de los datos que tenga recabados de los diferentes
copropietarios será la propia Comunidad de Propietarios.