Sociedades Profesionales
La Sociedad Profesional está prevista para las profesiones de carácter colegiado que actúen de forma individual o en forma societaria, ofreciendo sus
servicios profesionales a través de un ente dotado de personalidad jurídica, titular de un patrimonio y que asume directamente derechos y obligaciones. Siendo este entre quien entabla directamente la relación con el usuario, y prestando el profesional su actividad profesional mediante la Sociedad. Siendo obligatorio su inscripción en el registro profesional. Para garantizar con ello la responsabilida derivada de la sociedad así como del profesional actuante.