Cuando se produce la venta de un
inmueble entre particulares, el comprador debe liquidar el Impuesto
sobre Transmisiones Patrimoniales al tipo del 6% o 7% (según la
comunidad autónoma). Este porcentaje se aplica sobre el valor real del
inmueble, por lo que, en la práctica, se liquida sobre la cantidad por
la que el comprador y vendedor han escriturado la compraventa.
Es recomendable escriturar la operación por su valor real, así se
evitarán liquidaciones adicionales ejecutadas por la Administración.
Las oficinas liquidadoras del ITP facilitan baremos para valorar los
inmuebles.