Herencia sin Testamento

Herencia sin Testamento

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A través del testamento se dispone de los bienes después del fallecimiento, además se puede organizar la tutela de los hijos menores o deficientes, y señalar administradores de los bienes para el reparto y nombrar personas de confianza encargadas de ejecutar las últimas voluntades del fallecido.
Si no hay testamento, los presuntos herederos deben realizar, ante notario y aportando documentación, una declaración de herederos ab intestato. Si no se llega a un acuerdo se inicia un procedimiento judicial.