Se consideran como salario todas las percepciones económicas del trabajador
(en dinero o en especie), derivadas de la prestación profesional de
servicios laborales por cuenta ajena. Se retribuye tanto el trabajo
efectivo como los períodos de descanso computables como de trabajo.
Tienen la consideración de salario:
* El salario base.
* Parte proporcional de las pagas extras.
* Las comisiones y bonus promedio del último año.
* Los pagos en especie (complemento de casa-habitación, seguro médico privado, coche de empresa,...).
* Los pluses de productividad, disponibilidad y transporte (con carácter fijo en la nómina).
No se incluye:
- Las vacaciones no disfrutadas (en el finiquito si se incluyen los
días no disfrutados, ero no en el cálculo de la indemnización).
- Las dietas que hayan podido abonarse.
- Los complementos extrasalariales abonados con carácter puntual.