JUICIO ORDINARIO:
* Demandas de cuantía superior a 3.000 euros.
* Demandas de cuantía imposible de calcular, ni siquiera de manera relativa.
* Demandas relativas a derechos honoríficos de la persona.
JUICIO VERBAL:
* Demandas cuya cuantía no exceda de 3.000 euros.
Intervención de Abogado y Procurador: interposición de demandas judiciales, excepto para demandas de juicio verbal cuya cuantía no exceda de 900 euros.